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Juan Perozo confirmó cuatro nuevos casos de covid-19 en el municipio Libertador

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4 casos Libertador
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El alcalde del municipio Libertador, Juan Perozo, habló este jueves en la noche de los cuatro nuevos casos de COVID-19 en la localidad.

Tras la declaración de la vicepresidenta de Maduro, Delcy Rodríguez, en la que confirmó 20 casos para Carabobo, aunque la cuenta daría 21, el alcalde confirmó los casos.



Sobre los cuatro nuevos casos de COVID-19, la máxima autoridad de Libertador, refirió que se encontraban cercanos al Mercado de Mayoristas.

Por esta razón, la Zona Operativa de Defensa Integral y el gobernador de Carabobo, Rafael Lacava, ordenaron el cierre y el mercado amaneció cerrado «hasta nuevo aviso» este jueves.

«Ahí se recibe gente de Venezuela que trae mercancía y no se quiere que se propague el virus en la entidad», aseguró.

Perozo afirmó que se están haciendo jornadas de despistajes y pruebas rápidas así como operativos de desinfección.

«CDI Nueva Valencia, toda la avenida Nueva Valencia, Fundación CAP sector I y II, El Molino, El Rosario, San José de Los Chorritos», entre otros.

El pasado sábado 27 de junio, Rodríguez ordenó la cuarentena radical para los municipios Libertador y Diego Ibarra del estado Carabobo.

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Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios

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Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios - Agencia Carabobeña de Noticias
Foto: Prensa Alcaldía de Bejuma
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La Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios, por instrucciones del alcalde Lorenzo Remedios, con el Decreto número 17, mediante el cual  se concede la condonación de las sanciones, multas e intereses moratorios, causados por deudas en materia de impuesto inmobiliario en los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.

‎Señala además que se aplicarán exclusivamente a los inmuebles de uso comercial, industrias, oficinas, servicios turísticos, galpones y depósitos, con el fin de dinamizar y optimizar los procesos en la Dirección de Catastro.

Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios

‎Se establece un plazo de 30 días continuos a partir del 1 de agosto de 2026, hasta el 31 de agosto de 2026, para que los contribuyentes que opten por suscribir el convenio de pago se adhieran al presente Decreto y a la vez facilitar a los comerciantes del municipio Bejuma, actualizar, adecuar y legalizar sus obligaciones ante la administración tributaria municipal.

Quedan excluidos de este beneficio los contribuyentes que ya gocen de convenios anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto.

‎Por último refiere que se encarga a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Hacienda Municipal la ejecución, fiscalización y divulgación del presente Decreto.

ACN/MAS/NDP

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