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Evento 30X ofrecerá estrategias de ventas, crecimiento y IA

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Evento 30X
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Caracas se convertirá en el epicentro de la innovación empresarial los próximos 9, 10 y 11 de junio, con la llegada por primera vez a Venezuela del Inmersivo Ejecutivo 30X, un exclusivo evento presencial de formación corporativa avanzada.

La iniciativa está dirigida a fundadores, CEO y alta dirección de compañías que buscan multiplicar exponencialmente su estructura y volumen de facturación.

Durante tres intensas jornadas en los espacios de CAF, Altamira, los asistentes recibirán herramientas estratégicas que han impulsado a las empresas líderes de Latinoamérica.

Mentores internacionales

El programa contará con la participación de tres referentes del ecosistema de startups en la región:

  • Andrés Bilbao: cofundador de Rappi.
  • Daniel Bilbao: CEO y cofundador de Truora.
  • Dylan Rosemberg: fundador y CEO de Growth Rockstar.

Su presencia garantiza un nivel inédito de mentorías corporativas directas, traduciendo el mindset de alto crecimiento en metodologías 100 % accionables para empresas tradicionales y en expansión.

Agenda de trabajo

Durante los tres días, los participantes se sumergirán en dinámicas de ejecución real, abordando tres ejes fundamentales:

  • Estrategias comerciales de alta conversión en ventas.
  • Aceleración del crecimiento para emprendedores y empresas.
  • Aplicación de Inteligencia Artificial para optimización y automatización operativa.

El programa combina talleres prácticos, mentorías privadas uno a uno y espacios de networking de alto valor, con el objetivo de que cada líder regrese con un plan de ruta real y una red de alianzas estratégicas.

Información adicional

Los interesados en asegurar uno de los cupos limitados pueden ingresar a la página oficial 30x.com o visitar la cuenta de Instagram @crece30x.

Sobre 30X

30X es una iniciativa para fundadores y operadores del ecosistema tecnológico en Latinoamérica. Funciona como comunidad enfocada en escalar negocios de forma acelerada, enseñando metodologías para atraer fondos de capital de riesgo, optimizar procesos y crecer exponencialmente.

 

 

Con información de nota de prensa

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Prohibida revisión de teléfonos y retención de documentos, dicen leyes venezolanas

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Prohibida revisión de teléfonos y retención de documentos - Agencia Carabobeña de Noticias
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Prohibida revisión de teléfonos y retención de documentos, dicen las leyes venezolanas y la Constitución de la República, al establecer límites estrictos a la actuación de los cuerpos de seguridad en puntos de control y alcabalas.

Está prohibido expresamente la revisión de dispositivos móviles, las detenciones arbitrarias y la retención de documentos de identidad.

A través de sus plataformas digitales, el especialista en derecho penal conocido como @abogadopenalista1. recordó las garantías que protegen el libre tránsito y la privacidad de los ciudadanos durante las inspecciones vehiculares y peatonales.

Prohibida revisión de teléfonos y retención de documentos

El penalista enfatizó que la actuación policial o militar incurre en una infracción de derechos cuando se exigen procedimientos sin justificación legal:

  • Inspección de dispositivos: «Si un funcionario te exige revisar el teléfono sin una orden judicial, o te ordena bajar del vehículo sin explicar el motivo, está vulnerando un derecho», advirtió el especialista.

  • Protección del teléfono móvil: El artículo 48 de la Constitución garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en cualquier formato, por lo que ningún efectivo está facultado para inspeccionar un teléfono sin la autorización explícita de un juez.

  • Garantía contra la detención arbitraria: Conforme al artículo 44 constitucional, ninguna persona puede ser privada de su libertad salvo que sea aprehendida en flagrancia o mediante una orden judicial previa.

Retención de la cédula o pasaporte

Los funcionarios de seguridad tienen prohibido retener o incautar la cédula de identidad, el pasaporte o cualquier documento de viaje de manera preventiva o como mecanismo de coerción para trasladar a los ciudadanos a sedes policiales o militares.

Esta práctica se encuentra expresamente sancionada en el artículo 40 de la Ley Orgánica de Identificación (Gaceta Oficial N.º 6.155, del 19 de noviembre de 2014). La norma establece que cualquier servidor público que retenga indebidamente la documentación de un ciudadano incurrirá en responsabilidades de carácter administrativo, civil, penal y disciplinario.

ACN/MAS/Confirmado

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