Política
Contraloría explica al TSJ razones de inhabilitación de María Corina Machado

La Contraloría envió al TSJ documento de inhabilitación de María Corina Machado, según informó este lunes 25 de diciembre la corte, en medio del proceso de revisión de estas sanciones, acordado entre el Gobierno y el principal bloque antichavista.
En su página web, el TSJ indicó que el pasado jueves recibió documentación por parte de la Contraloría, «dando cumplimiento» al procedimiento que lleva adelante la Sala Político Administrativa del máximo tribunal.
Esta instancia había dado un plazo de tres días -que venció el 21 de diciembre- a la Contraloría para la «remisión de los antecedentes administrativos» de este caso, según el cual, Machado, candidata para las presidenciales de 2024 por la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), no puede ocupar cargos de elección popular hasta 2030.
Contraloría envió al TSJ documento de inhabilitación de María Corina Machado
Asimismo, el TSJ pidió al organismo que impuso la sanción entregar una «copia certificada de los actos administrativos» que conllevaron a la inhabilitación, una medida que fue anunciada en 2015 con una extensión de 12 meses y que este año se conoció que su vigencia es de 15 años.
Sin ofrecer detalles, el Supremo aseguró que ha recibido lo que había solicitado a la Contraloría, por lo que ahora corresponde a la Corte analizar la documentación y decidir si admite la demanda interpuesta por la opositora, que pide que le sea levantada la inhabilitación, y si procede el amparo cautelar en este caso.
Machado, que asegura que nunca ha sido notificada de inhabilitación alguna, pidió al TSJ revisar su caso, haciendo uso del mecanismo acordado entre el Gobierno y la PUD en el marco de las negociaciones políticas que mantienen ambos bandos de cara a los comicios del segundo semestre de 2024.
La exdiputada liberal arrasó en las primarias opositoras del 22 de octubre, cuando recibió el 92,35 % de los votos, en una contienda que fue declarada como «suspendida» por el Supremo, una semana después de realizarse.
ACN/MAS/EFE
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Política
¿Eres miembro de mesa y no puedes cumplir? Conoce qué debes hacer

Este próximo 27 de julio se llevará a cabo elecciones municipales y quienes sean seleccionados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para fungir como miembros de mesa, deben cumplir de manera obligatoria con las responsabilidades impuestas para ese rol por el Poder Electoral.
Según lo estipula la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) de Venezuela, el CNE, mediante el mecanismo que este disponga, seleccionará a ciudadanos inscritos en el Registro Electoral para el cumplimiento de dicho servicio. “Este servicio es de carácter obligatorio en los términos de la presente ley”, se lee en el artículo 111.
Sin embargo, el capítulo II de Ley Orgánica de Procesos Electorales cuenta con una sección sobre las excepciones para quienes fueron seleccionados como miembros de mesa y no pueden cumplir con el compromiso.
Quiénes están exceptuados
La Lopre destaca como una “falta grave” no cumplir con las obligaciones de miembro de mesa. No obstante, resalta que hay excepciones y que quienes no puedan cumplir contarán con un lapso de tiempo para presentar su motivo.
Según publico el medio patrio Digital, para quienes no pueden cumplir con el Servicio Electoral en los venideros comicios, tendrán hasta el 30 de junio para solicitar su excepción ante el CNE a través del link https://sioes.cne.gob.ve/excepcion.html.
Así mismo refiere que alguas causales de excepción son:
- Cuidado de familia
- Cambio de residencia
- Estudio
- Trabajo
- Salud
Es de resaltar que el solicitante debe poseer documentos que abalen su situación. El Tramite es gratuito y para más información se recomienda acudir con tiempo a la junta electoral del CNE que le corresponda.
Sanciones
La Lopre establece sanciones para los ciudadanos que no cumplan con su deber como miembros de mesa, estas fueron establecidas para las elecciones regionales de 2021:
–Multa de entre 15 y 50 Unidades Tributarias (UT), las cuales tienen actualmente un valor de 9 bolívares. Por lo tanto, la sanción es equivalente a un pago que oscila entre los 135 y 450 bolívares o 5 y 16 dólares, de acuerdo con la tasa del Banco Central de Venezuela del lunes 1° de julio.
-Arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.
Con información de: ACN / El Diario/ Patria Digital
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