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Clientes Banesco ahora podrán recibir remesas a través de Moneygram

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La entidad bancaria Banesco se alió con la plataforma Moneygram, lo que permitirá que sus clientes puedan recibir remesas internacionales de manera rápida y segura.

Con este acuerdo con la plataforma física y virtual mundial para enviar dinero, ahora Banesco será agente receptor autorizado por Moneygram para la recepción de remesas internacionales, las cuales serán depositadas en la llamada «cuenta verde» Banesco y cuyos recursos entregarán en bolívares al cliente de acuerdo a la tasa oficial del Banco Central de Venezuela (BCV).

Yolanda Gigante, gerente ejecutivo de Inversión de Banesco, explicó que cualquier persona con acceso a Moneygram que se encuentre en uno de los 200 países autorizados puede enviar dinero a los clientes Banesco, puede utilizar el servicio de remesas hacia Venezuela. Para ello sólo necesita indicar los datos del beneficiario como el nombre y apellido, número de cédula, número de teléfono celular registrado en Banesco y el número de cuenta bancaria. Después de canalizar la instrucción de pago, Moneygram informa al banco venezolano para ejecutar el abono al cliente.

70% de los hogares venezolanos reciben remesas

«Análisis sobre el tema de las remesas hacia Venezuela nos indican que el monto asciende a 1.500 millones de dólares, es decir, que 70% de los hogares venezolanos recibe algún tipo de ayuda financiera desde el exterior. Pero, además, 95% de esas remesas se envían a través de canales informales. En Banesco queremos ser un canal formal y seguro para la recepción de remesas», dijo en rueda de prensa en la sede de la entidad en Caracas.

Banesco cuenta con 2,5 millones de cuentas activas (personas naturales) por lo que mantienen grandes expectativas en poder captar una buena parte de las remesas que ingresan al país. No obstante, se debe contar con una «cuenta verde» para recibir los recursos. «Moneygram no es un servicio exclusivo de Banesco, pero la relación es directa, no tenemos intermediarios. Queremos establecer un canal de confianza con la plataforma y con nuestros clientes, es posible que un futuro podamos tener la autorización para el envío de remesas al exterior»

La oferta de Banesco es además de la disponibilidad inmediata, el cero costo para los clientes que reciban las remesas, ya que las comisiones o impuestos se cobran al emisor o persona al momento de girar la instrucción en el extranjero.

Destacó Gigante que el servicio que conecta a la familia venezolana para recibir un dinero para gastos básicos se hará «en tiempo real», a diferencia de otras entidades o casas de cambio en las cuales la transferencia puede tardar entre tres y cinco días o un promedio de 72 horas. «No hay que esperar días para cubrir una emergencia o costos básicos de alimentación», dijo.

Banesco se alió con la plataforma Moneygram

El proceso para que Banesco y Moneygram llegaran a un acuerdo tardó aproximadamente un año, se hicieron pruebas con cinco países por lo que «el servicio se encuentra garantizado». Mientras que tanto el BCV como la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) dieron su visto bueno a la negociación. «Hubo bastante apertura por parte de los reguladores con este producto. Se espera que los recursos que ingresen por las remesas puedan alimentar el mercado de divisas porque habría mayor oferta en el mercado formal ya que serán vendidas en las mesas de cambio».

Se debe recordar que el límite del monto de las remesas fijado por el BCV es de $8.500 al año, sin embargo, si la familia requiere de una cifra mayor, por ejemplo, para cubrir un caso de salud, la recepción del envío puede ser compartido entre cuentas de varios miembros de la familia receptora.

Cómo usar el servicio de remasas de Banesco

Estas son las respuestas de Banesco a las preguntas sobre el servicio para la recepción de remesas:

¿Cómo se accede a Moneygram?

La plataforma Moneygram ofrece tres vías para el envío de remesas: desde su aplicativo (descargable en el App Store o Google Play), desde la página web o en las sucursales. Aplican condiciones operativas de acuerdo al país de origen del envío.

¿Quiénes pueden enviar remesas a Venezuela?

Cualquier persona natural que tenga acceso a los servicios financieros internacionales de MoneyGram y que se encuentre en los países autorizados para realizar la operación. Asimismo debe cumplir con los procesos de identificación establecidos por MoneyGram.

¿Quiénes pueden recibir remesas en Venezuela?

Solo clientes naturales de Banesco, que posean cuenta verde y cuenta en bolívares activas.

¿Se cobran comisiones o impuestos por recibir remesas de MoneyGram?

No, las comisiones y/o impuestos sobre las remesas son cobradas al cliente emisor de la remesa.

¿Se necesitan documentos específicos o tener servicios activos para recibir remesas provenientes de MoneyGram?

No, pero es importante que el cliente cuente con sus datos de contacto (teléfono celular y correo electrónico) actualizados para la recepción de fondos internacionales.

¿Cuáles son los montos mínimos o máximos de una remesa?

Los montos autorizados para el envío de remesas varían según el país donde se origine el envío de la operación y lo estipulado por las legislaciones internacionales.

¿Las remesas recibidas en Banesco pueden ser en moneda extranjera?

No, las remesas las liquidarán únicamente en la moneda de curso bolívares en las cuentas de los clientes beneficiarios, al igual Banesco dispone de los mecanismos cambiarios oficiales para la gestión de compra de divisas.

¿En cuánto tiempo recibiré la remesa autorizada por MoneyGram?

Los abonos de remesas autorizadas por MoneyGram son en línea, a excepción de aquellas autorizadas durante el cierre de los servicios de BanescOnline que acreditarán posterior a las 12:00 am.

Con información de Tal Cual

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Economía

Eliminan fecha de vencimiento del RIF decretó el SENIAT

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Eliminan fecha de vencimiento del RIF decretó el SENIAT - Agencia Carabobeña de Noticias
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Eliminan fecha de vencimiento del RIF. El superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Román Maniglia, informó que se aprobó una modificación de la providencia que regula el Registro de Información Fiscal (RIF) que incluye la eliminación de la fecha de vencimiento de este documento, pero «se mantiene el deber de actualizarlo cuando se requiera incorporar cambios inherentes al contribuyente».

De acuerdo con un mensaje publicado en su cuenta de la red social Instagram, Maniglia indicó que «luego de las revisiones técnicas y legales exhaustivas, consideramos que es una condición que se hace poco relevante y que pudiera generar trámites innecesarios para su actualización».

«Es por ello, que a partir de esta nueva providencia, el RIF ya no vence y se mantiene el deber de actualizarlo cuando se requiera incorporar cambios inherentes al contribuyente», añadió el funcionario.

Eliminan fecha de vencimiento del RIF: aspectos de la reforma

De acuerdo con el texto de la resolución SNAT/2026/00080, publicada en la Gaceta Oficial número 43.435, fechada el pasado 12 de agosto, se modificó el Artículo 3 del Capítulo 1 de la anterior providencia que regula el RIF en los siguientes términos:

«La solicitud de inscripción en el Registro Único de Información Fiscal (RIF), así como cualquier modificación, actualización u otro trámite relacionado con el mismo debe realizarse conforme a los requisitos y especificaciones técnicas establecidas en los medios electrónicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria».

Modificaciones

El artículo 2 de esta reforma modifica el artículo 3 de la providencia anterior para indicar que los sujetos y entidades inscritos en el Registro de Información Fiscal deberán actualizar sus datos en la plataforma electrónica del SENIAT, dentro de los plazos establecidos en el Código Orgánico Tributario, cuando ocurran los siguientes hechos:

  • Cambio de apellidos, nombres, razón social o denominación comercial del sujeto o la entidad.
  • Cambio de directores, administradores o de las personas que ejerzan la representación legal.
  • Cambio de accionistas, con excepción de las empresas que cotizan en las bolsas de valores.
  • Cambio de domicilio fiscal o electrónico.
  • Venta del fondo de comercio o de todas sus existencias, que modifique la titularidad del mismo.
  • Cese, paralización y reinicio de las actividades económicas habituales.
  • Sujeción o no de tributos y disfrute de exenciones, exoneraciones y demás beneficios o incentivos fiscales.
  • Instalación, mudanza o cierre permanente de establecimientos, como casa matriz, sucursales, agencias, locales comerciales o de servicios, fábricas o plantas productivas, depósitos o almacenes, oficinas administrativas y demás lugares de desarrollo de la actividad o establecimientos permanentes.
  • Cambio de actividad económica o de objeto social.
  • Atraso, liquidación o quiebra de sociedades.
  • Modificación de categoría por ocurrencia de hechos como transformación, fusión, reorganización empresarial, apertura de la sucesión, entre otros.
  • Cualquier otra modificación que pudiera afectar la situación del sujeto pasivo que sea establecida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

El artículo 3 de la reforma de la Providencia que regula el RIF modifica el artículo 9 de la norma anterior para indicar que «el comprobante digital del Registro Único de Información Fiscal (RIF) es personal e intransferible, su validez y veracidad podrá ser verificada por el interesado, a través de los medios electrónicos del SENIAT».

Esta modificación suprime el artículo 10 del capítulo II

Obligaciones sobre el uso y publicación del RIF

El artículo 5 de la reforma modifica el artículo ahora 10 de la providencia que regula el RIF al señalar las siguientes obligaciones para los sujetos inscritos en el Registro de Información Fiscal:

  • Reflejar el número de RIF en las facturas y demás documentos o contratos que expidan o suscriban.
  • Indicar el número de RIF en las solicitudes o documentos que dirijan a los organismos oficiales de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Reflejar el número de RIF en los libros de contabilidad y demás libros auxiliares exigidos por las normas tributarias.
  • Colocar en las etiquetas y empaques el número del RIF del fabricante o importador.
  • Indicar el número de RIF en todos los anuncios de publicidad difundidos por medios de comunicación masiva y de comunicación digital.
  • Igualmente, el número del RIF debe ser indicado en todos los demás casos que determine el SENIAT.

Igualmente, el artículo 6 de la reforma que modifica la Disposición Transitoria Única del instrumento modificado prevé que todos los inscritos en el Registro de Información Fiscal (RIF) podrán imprimir una copia cuando lo requieran, a través de los medios electrónicos del SENIAT, siempre que no haya ocurrido alguno de los supuestos que obliguen a su modificación.

ACN/MAS/Banca y Negocios

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