Economía
Conoce cómo solicitar en línea un punto de venta con el BDV

El Banco de Venezuela (BDV) sumó la opción de solicitar los puntos de venta en línea para personas naturales y jurídicas que lo requieran.
Con el fin de facilitar la adquisición de los equipos de una manera más rápida y eficiente.
En el marco del auge alcanzado por los pequeños y medianos emprendedores y comerciantes del país, protagonistas de la nueva economía emergente, el BDV puso
a disposición un formulario digital en su página web www.bancodevenezuela.com.
Allí los solicitantes del punto de venta pueden registrar los datos de interés, para luego ser contactados por un asesor de negocios de la institución.
Este formulario también será compartido por los canales digitales a través de los cuales el Banco mantiene el contacto con sus clientes y usuarios, tales como redes sociales y correo electrónico.
Una vez contactado por los asesores de negocio BDV, el interesado recibirá el apoyo en el proceso de adquisición del equipo de su preferencia en una amplia gama de
modelos, entre los que podrá escoger el que más le convenga, de acuerdo a sus funcionalidades y costo.
Solicita en línea tu punto de venta con el BDV
Los ejecutivos del BDV, desplegados en sus sedes y oficinas en todo el territorio nacional, cuentan con la información y asesoría necesaria para orientar a cualquier
persona natural o comerciante, interesado en los equipos POS, los cuales también pueden ser adquiridos mediante aliados comerciales o directamente en las agencias del banco.
Cabe destacar, que este método digital facilita a clientes y usuarios el proceso de vinculación con el BDV, que repercutirá en el impulso y crecimiento de su actividad
económica o emprendimiento.
El Banco de Venezuela lidera el parque de POS con más de 150 mil terminales activos en todo el país, la cual facilita la liquidez diaria de todos los usuarios.
Prensa BDV
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Economía
Reajustado valor de Unidad Tributaria y publicada en Gaceta Oficial

Reajuste de Unidad Tributaria. En Gaceta Oficial Número 43.140, de fecha 2 de junio de 2025, publicada la resolución del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), en la cual se reajusta el valor de la Unidad Tributaria (UT) de Bs. 9 a Bs. 43.
La normativa destacó que el valor de la Unidad Tributaria sólo podrá ser utilizado como unidad de medida para la determinación de los tributos nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Seniat, «no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan».
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Reajuste de Unidad Tributaria
Asimismo, puntualizó que en los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la Unidad Tributaria aplicable será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo.
Añadió que en el caso de los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la Unidad Tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, de conformidad con lo establecido en parágrafo tercero del artículo 3 del Decreto Constituyente mediante el cual dicta el Código Orgánico Tributario.
ACN/MAS/ByN
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