Economía

Seniat aumentó la unidad tributaria de 1.500 a 20.000 bolívares

Published

on

Foto: Cortesía/Twitter.
Compartir

A partir de éste 6 de abril, entra en vigencia de acuerdo a la gaceta oficial N° 42.100, que el Seniat aumentó el valor de la unidad tributaria de 1.500 a 20.000 bolívares.

Es decir, de acuerdo a los economistas, el incremento representa un aumento de 1.233% que va cerca a la inflación anualizada; que hasta este mes de marzo se ubicó en 3.867%.

Ahora desde la fecha antes mencionada, los oganismos deben recalcular todas las tasas, imposiciones y tarifas; así como todos aquellos pagos que utilicen la unidad tributaria como referencia para determinar ciertos valores.

Respecto a que el Seniat aumentó el valor de la unidad tributaria, vale recordar que diversos analistas y expertos en ésta materia habían pedido una sinceración del valor Unidad Tributaria; pero previa al pago del Impuesto sobre la Renta con el fin de que “la base imponible del tributo se ajustara mejor a la difícil situación; de los contribuyentes en Venezuela con o sin pandemia”.

En relación al tema económico el portal Banca y Negocio reseñó que “en el país no se tomaron medidas efectivas de alivio fiscal para unos agentes económicos; que tuvieron y tienen que resistir a prolongados períodos de cierre por cuarentenas, aparte del deterioro del consumo y otros factores”.

Foto: Twitter

Seniat aumentó la unidad tributaria

Sobre que el Seniat aumentó el valor de la unidad tributaria, se puede específiciar de acuerdo a los artículos de la gaceta oficial; que por ejemplo en el número 1 establece que “se reajusta el valor de la Unidad Tributaria de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500,00) a VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00)”.

En el artículo 2°, detalla que el valor de la Unidad Tributaria establecido en esta Providencia Administrativa sólo podrá ser utilizado como Unidad de Medida; para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria; no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.

Asimismo, en el artículo 4° se lee que “se deroga la Providencia Administrativa SNAT/2020/00006, de fecha 21 de enero de 2020; publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.839, de fecha 13 de marzo de 2020”.

Con información: ACN/Banca y Negocio/Alberto News/Finanzas Digitales/Foto: Cortesía

Lee también: Contribuyentes ya puede utilizar plataforma tecnológica del Seniat

Infórmate al instante únete a nuestro canal de Telegram NoticiasACN

Lo más leído

Salir de la versión móvil