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Semanario deportivo El Heraldo no podrá publicar imágenes con contenido sexual

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A través de una nota de prensa emitida por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se dió a conocer que la corte máxima de Venezuela sentenció que el semanario deportivo El Heraldo no podrá realizar publicaciones en forma impresa, digital o por suscripción privada, de imágenes que contengan carga o contenido sexual implícito a través de retratos, fotos, anuncios publicitarios, o por medio de direcciones electrónicas que puedan ser consultadas libremente por niños, niñas y adolescentes, toda vez que ello comporta la violación del derecho a la dignidad humana y el derecho de las mujeres a tener una vida digna.

En la referida sentencia, igualmente se declara los efectos extensivos de la decisión a todas las situaciones análogas que ameriten la reparación de la situación jurídica infringida. También se exhorta tanto al Ministerio del Poder Popular para Comunicación e Información como a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) para que, haciendo la búsqueda respectiva, ordene la cancelación de las direcciones electrónicas de contenido pornográfico explícito o implícito, en los términos definidos en la decisión.

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Además, se ordena remitir al Ministerio Público copia de la decisión que declaró con lugar la acción de amparo constitucional ejercida por dos ciudadanas, para que, en ejercicio de sus atribuciones, inicie la apertura de una investigación a los efectos de determinar si con ocasión de esta difusión impresa o digital del semanario El Heraldo y de otras publicaciones del Grupo Editorial 60, C.A., se ha incurrido en delitos o faltas que pudieran ofender a las mujeres representantes de cargos públicos.

Nota de Prensa

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