Economía

ANC aprobó nuevo IVA para pagos en dólares

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Foto: Cortesía.
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A finales de enero, los diputados de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC); aprobaron una reforma tributaria que establece modificaciones a la Ley Orgánica de Aduanas; y el nuevo Impuesto de Valor Agregado (IVA).

De acuerdo a estos parlamentarios, la mayor modificación a la ley IVA; es la inclusión de una alícuota adicional para todos los pagos realizados con monedas diferente al bolívar o al petro.

No obstante, para conocer como funcionará a partir del 30 de marzo en la práctica; todavía falta que se fijen cuales serán las tasas entre el y 25%. Además, de que se aclare si existirá alguna exención para este nuevo IVA para pagos realizados en dólares, euros o el Bitcoin en Venezuela.

Para dar por hecho este reforma, se emitió la Gaceta Oficial  Extraordinaria Nº 6.507 con el decreto constituyente; el cual se aprueba  luego de dos años de hiperinflación.

Aspectos más relevantes del nuevo IVA

Según establece la gaceta, todos aquellos consumidores que realicen sus pagos en un moneda que no sea el bolívar o el petro; deberán pagar este nuevo IVA adicional.

Incluso, quienes compren alimentos comunes como la carne, huevo, pollo y queso en cualquier comercio. También, a la hora de comprar una propiedad (vivienda o vehículo); pues en esos casos, la firma oficial ante el SAREN no podrá realizarse sin presentar el comprobante del pago del tributo.

Por su parte, al momento del cobro de servicios profesionales, la nueva legislación específica; «que este nuevo tributo aplica tanto para los bienes como los servicios».

Es decir,  que médicos, arquitectos, diseñadores gráficos, plomeros, abogados, administradores y comunicadores sociales; que reciban pagos en dólares deberán emitir una factura que contemple los establecido en este ley.

¿En qué momento y cual será la tasa?

Respecto al momento en que se pagará este nuevo IVA, se lee en la gaceta que será al momento de la compra final; donde los comerciantes estarán obligados  a emitir una factura que detalle con cual moneda extranjera o criptomoneda se realizó la transacción.

Asimismo, el documento deben contener la tasa de cambio aplicada en la conversión a bolívares; la base imponible, el tributo y el monto total. En el caso de bienes o servicios, el pago se efectuará previo a la firma en la notaría o registro público.

Sobre cual será la tasa, dependerá del Ejecutivo Nacional, a quien la ley le otorga hasta el 27 de febrero para fijar una tasa entre el 5 y el 25% para los pagos realizados en dólares.

Incluso, según el artículo 27 de la nueva legislación, las tasas pueden variar para cada tipo de producto o servicio. De igual manera, el Ejecutivo, tendrá la potestad de exonerar del pago de este impuesto; a alimentos específicos o productos de higiene personal.

Para llevar a cabo y supervisar estos cambios económicos, funcionarios del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat); estarán encargados de las fiscalizaciones a comerciantes y a profesionales independientes.

En cuanto a los bienes inmuebles, los funcionarios del Saren también tendrán la responsabilidad; porque no podrán avalar la firma de la venta de una propiedad, sin verificar que el pago se haya hecho en bolívares o se haya cancelado el nuevo IVA correspondiente.

Con información: El Nacional/Redes/Gaceta Oficial/Foto: Cortesía

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