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Cerrado aeropuerto El Dorado de Bogotá tras sismo en Venezuela

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Temporalmente el aeropuerto de Bogotá fue cerrado este martes, para así descartar posibles daños en la terminal aérea, así como en varias regiones del vecino país, esto  luego del sismo de magnitud 6,3 en la escala de Richter, que se registró la tarde de este martes 21 de agosto en Venezuela.

“Tras sismo en Venezuela sentido en gran parte del territorio colombiano; se realiza a esta hora barrido con las entidades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los Consejos de Gestión del Riesgo”; indicó en Twitter la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres de Colombia.

Los venezolanos se vieron hoy estremecidos por un fuerte sismo de magnitud 6,3 con epicentro en el sureste de Yaguarapano, en el este del país, de acuerdo con la Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas (Funvisis), aunque el Servicio Geológico de EE.UU. reportó una magnitud de 7,0.

El ente, adscrito al Ministerio de Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, situó el epicentro del sismo ocho kilómetros al oeste de la localidad de Cariaco, en el estado Sucre, con una profundidad de 5,0 kilómetros.

Sin reportes de daños o perdidas humanas

En el país hasta el momento no se reportan pérdidas humanas que lamentar o daños materiales; mientras en Colombia se verifican posibles daños luego de que ciudadanos de Bogotá, Ibagué, Bucaramanga, Cúcuta y Medellín dijeran haber sentido el movimiento telúrico.

“Atentos viajeros el Aeropuerto El Dorado está cerrado por inspección de pistas debido al movimiento telúrico. Una vez se retomen las operaciones estaremos informando”, indicaron los responsables del lugar en Twitter.

La Dirección General Marítima de Colombia manifestó que; “tras la evaluación del sismo en Venezuela y sentido en gran parte de Colombia; no hay alerta de tsunami para las costas del Caribe colombiano”.

 

 

 

 

Agencia Carabobeña de Noticias/ EFE

Internacional

Estados Unidos restringe entrada a venezolanos aún con visas

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Trump restringe los visados -Agencia Carabobeña de Noticias – ACN – Internacionales
Foto: Cortesía
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El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció la restricción de entrada a venezolanos a ese país, aún con visa, en una decisión que dio a conocer la Casa Blanca este miércoles 4 de junio.

Basó esta medida en que Venezuela junto a otros seis países, entre los que se encuentran Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán, tienen una «deficiente» verificación de antecedentes penales.

«Muchos de estos países también se han aprovechado de Estados Unidos al explotar nuestro sistema de visas y al no aceptar de regreso a sus nacionales sujetos a deportación», asegura Trump, pese a que en enero pasado su enviado especial Richard Grenell logró un acuerdo con la gestión de Nicolás Maduro para retomar los vuelos de deportación por el que más de 5 mil connacionales han regresado a Venezuela.

¿Cuáles tipos de visas son?

En el caso específico los venezolanos que se verán afectados son aquellos que tienen visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J. La orden ejecutiva de Trump dice que «se suspende la entrada a Estados Unidos de nacionales de Venezuela como inmigrantes y como no inmigrantes con visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J».

Ordena que «los funcionarios consulares reducirán la validez de cualquier otra visa de no inmigrante emitida a nacionales de Venezuela en la medida permitida por la ley».

Qué dice la orden de Trump contra venezolanos

Los nacionales de Venezuela, Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán que se verán afectados son los siguientes:

Quienes se encuentren fuera de Estados Unidos en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación y:

-No tengan una visa válida en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación.

¿Cuáles son las excepciones?

Además contempla las siguientes excepciones; es decir, que no se aplicará a:

-Ningún residente permanente legal de los Estados Unidos;

-Ninguna persona con doble nacionalidad de un país designado en virtud de los artículos 2 y 3 de esta proclamación cuando la persona viaje con un pasaporte emitido por un país no designado como tal;

-Cualquier ciudadano extranjero que viaje con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 u NATO-6;

-Atleta o miembro de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores, personas que desempeñan una función de apoyo necesaria y familiares directos, que viajen para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante según lo determine el Secretario de Estado;

-Para familiares directos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con evidencia clara y convincente de identidad y parentesco (por ejemplo, ADN);

-Adopciones (IR-3, IR-4, IH-3, IH-4);

-Especiales de inmigrante para afganos;

-Visas especiales de inmigrante para empleados del Gobierno de los Estados Unidos

-Inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán.

La orden alcanza a nacionales de otros países como Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. «Estas restricciones distinguen, pero se aplican tanto a la entrada de inmigrantes como a la de no inmigrantes».

Este paquete de medidas adicionales se añaden a la eliminación del parole humanitario que beneficiaba a venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses, así como la del Estatuto de Protección Temporal, las deportaciones que acordó con la gestión de Maduro y el envío de más de 200 connacionales a una cárcel de máxima seguridad en El Salvador.

Con información de: EC

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