Internacional
Petro a Pastrana: Amigos de Epstein no le ponen condiciones al presidente de Colombia

Los amigos de Epstein no le ponen condiciones al presidente de Colombia. Así fue la respuesta de Gustavo Petro a Andrés Pastrana. El jefe de Estado colombiano, Gustavo Petro, respondió en las redes unas declaraciones del exmandatario de ese país, Andrés Pastrana. En las mismas puso en duda que el actual gobernante asista a la toma de posesión de su par venezolano, Nicolás Maduro, el próximo 10 de enero.
En una interacción en su cuenta de X, Petro escribió: «Los amigos de [Jeffrey] Epstein no le ponen condiciones al actual presidente de la República de Colombia». Con esta afirmación, el líder del Pacto Histórico se refirió a los dos viajes que hizo Pastrana, en 2003, en el jet del fallecido Jeffrey Epstein. El magnate financiero estadounidense fue acusado y puesto tras las rejas por depredador sexual y ser cabecilla de una red de pedofilia. Días después lo encontraron muerto en su celda en una cárcel de Nueva York, por supuesto suicidio, mientras esperaba su juicio por cargos de tráfico sexual.
Las declaraciones de Pastrana por las que Petro le respondió que amigos de Epstein no le ponen condiciones al presidente
En una entrevista de Caracol Radio, el expresidente entre 1998 y 2002 manifestó que Petro estaba «absolutamente asustado» de ir a Venezuela a la toma de posesión de Maduro. Del mismo modo, cuestionó la representatividad de los funcionarios del Gobierno colombiano para asistir a la ceremonia que se llevará a cabo en Caracas.
Pastrana forma parte de un grupo de exmandatarios derechistas de América Latina que se opone abiertamente a Maduro. Asimismo, tiene previsto acompañar al opositor Edmundo González en su planificado ingreso a Venezuela para «su investidura como presidente».
La Asamblea Nacional (AN) de Venezuela declaró «persona non grata» a Pastrana junto a estos exmandatarios. Además, se confirmó que resultarán capturados, enjuiciados y tratados como invasores. Esto si decidieran ingresar al territorio venezolano junto a González, declarado prófugo de la Justicia.
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Internacional
Estados Unidos restringe entrada a venezolanos aún con visas

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció la restricción de entrada a venezolanos a ese país, aún con visa, en una decisión que dio a conocer la Casa Blanca este miércoles 4 de junio.
Basó esta medida en que Venezuela junto a otros seis países, entre los que se encuentran Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán, tienen una «deficiente» verificación de antecedentes penales.
«Muchos de estos países también se han aprovechado de Estados Unidos al explotar nuestro sistema de visas y al no aceptar de regreso a sus nacionales sujetos a deportación», asegura Trump, pese a que en enero pasado su enviado especial Richard Grenell logró un acuerdo con la gestión de Nicolás Maduro para retomar los vuelos de deportación por el que más de 5 mil connacionales han regresado a Venezuela.
¿Cuáles tipos de visas son?
En el caso específico los venezolanos que se verán afectados son aquellos que tienen visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J. La orden ejecutiva de Trump dice que «se suspende la entrada a Estados Unidos de nacionales de Venezuela como inmigrantes y como no inmigrantes con visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J».
Ordena que «los funcionarios consulares reducirán la validez de cualquier otra visa de no inmigrante emitida a nacionales de Venezuela en la medida permitida por la ley».
Qué dice la orden de Trump contra venezolanos
Los nacionales de Venezuela, Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán que se verán afectados son los siguientes:
Quienes se encuentren fuera de Estados Unidos en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación y:
-No tengan una visa válida en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación.
¿Cuáles son las excepciones?
Además contempla las siguientes excepciones; es decir, que no se aplicará a:
-Ningún residente permanente legal de los Estados Unidos;
-Ninguna persona con doble nacionalidad de un país designado en virtud de los artículos 2 y 3 de esta proclamación cuando la persona viaje con un pasaporte emitido por un país no designado como tal;
-Cualquier ciudadano extranjero que viaje con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 u NATO-6;
-Atleta o miembro de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores, personas que desempeñan una función de apoyo necesaria y familiares directos, que viajen para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante según lo determine el Secretario de Estado;
-Para familiares directos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con evidencia clara y convincente de identidad y parentesco (por ejemplo, ADN);
-Adopciones (IR-3, IR-4, IH-3, IH-4);
-Especiales de inmigrante para afganos;
-Visas especiales de inmigrante para empleados del Gobierno de los Estados Unidos
-Inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán.
La orden alcanza a nacionales de otros países como Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. «Estas restricciones distinguen, pero se aplican tanto a la entrada de inmigrantes como a la de no inmigrantes».
Este paquete de medidas adicionales se añaden a la eliminación del parole humanitario que beneficiaba a venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses, así como la del Estatuto de Protección Temporal, las deportaciones que acordó con la gestión de Maduro y el envío de más de 200 connacionales a una cárcel de máxima seguridad en El Salvador.
Con información de: EC
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