Política
Venezuela acusa a países que rechazan sentencia del TSJ de querer reeditar Grupo de Lima

Este viernes, a través de un comunicado leído por su canciller Yván Gil, Venezuela rechazó la postura de los 11 países que manifestaron su desacuerdo con el fallo del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), y los acusó de querer reeditar el Grupo de Lima.
En este sentido el gobierno de Venezuela catalogó de «grosero e insolente», el comunicado firmado por las 11 naciones a los que cataloga de injerencistas. Argentina, Costa Rica, Chile, Ecuador, Estados Unidos, Guatemala, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay, son los mencionados.
De igual manera los acusa de avalar con su postura los actos de violencia suscitado en el territorio nacional tras el proceso electoral del pasado 28Jul.
Indicaron que así como, «el pueblo de Simón Bolívar y Hugo Chávez pulverizó las arremetidas del fenecido Grupo de Lima», en esta ocasión harán lo propio.
11 país rechazaron decisión del TSJ
Once países del hemisferio occidental, entre los que figuran Estados Unidos, expresado este viernes su «categórico» rechazo a la sentencia dictada el jueves por el TSJ . Dicha sentencia ratifica como ganador de las presidenciales a Nicolás Maduro.
En este sentido, reiteraron la petición de una auditoría imparcial e independiente de los votos que evalúe todas las actas». Indicaron que solo esto permitirá garantizar «el respeto a la voluntad popular soberana y la democracia en Venezuela».
Refieren en el documento que el TSJ «pretende convalidar los resultados sin sustento» emitidos por el Consejo Nacional Electoral. El Gobierno de EEUU aseguró, en un comunicado adicional, que el fallo de la Corte Suprema “carece de toda credibilidad”. Además dice que hay pruebas de que el candidato opositor, Edmundo González Urrutia, recibió “la mayor cantidad de votos”.
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Con información de: ACN/ Infobae
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Política
¿Eres miembro de mesa y no puedes cumplir? Conoce qué debes hacer

Este próximo 27 de julio se llevará a cabo elecciones municipales y quienes sean seleccionados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para fungir como miembros de mesa, deben cumplir de manera obligatoria con las responsabilidades impuestas para ese rol por el Poder Electoral.
Según lo estipula la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) de Venezuela, el CNE, mediante el mecanismo que este disponga, seleccionará a ciudadanos inscritos en el Registro Electoral para el cumplimiento de dicho servicio. “Este servicio es de carácter obligatorio en los términos de la presente ley”, se lee en el artículo 111.
Sin embargo, el capítulo II de Ley Orgánica de Procesos Electorales cuenta con una sección sobre las excepciones para quienes fueron seleccionados como miembros de mesa y no pueden cumplir con el compromiso.
Quiénes están exceptuados
La Lopre destaca como una “falta grave” no cumplir con las obligaciones de miembro de mesa. No obstante, resalta que hay excepciones y que quienes no puedan cumplir contarán con un lapso de tiempo para presentar su motivo.
Según publico el medio patrio Digital, para quienes no pueden cumplir con el Servicio Electoral en los venideros comicios, tendrán hasta el 30 de junio para solicitar su excepción ante el CNE a través del link https://sioes.cne.gob.ve/excepcion.html.
Así mismo refiere que alguas causales de excepción son:
- Cuidado de familia
- Cambio de residencia
- Estudio
- Trabajo
- Salud
Es de resaltar que el solicitante debe poseer documentos que abalen su situación. El Tramite es gratuito y para más información se recomienda acudir con tiempo a la junta electoral del CNE que le corresponda.
Sanciones
La Lopre establece sanciones para los ciudadanos que no cumplan con su deber como miembros de mesa, estas fueron establecidas para las elecciones regionales de 2021:
–Multa de entre 15 y 50 Unidades Tributarias (UT), las cuales tienen actualmente un valor de 9 bolívares. Por lo tanto, la sanción es equivalente a un pago que oscila entre los 135 y 450 bolívares o 5 y 16 dólares, de acuerdo con la tasa del Banco Central de Venezuela del lunes 1° de julio.
-Arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.
Con información de: ACN / El Diario/ Patria Digital
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