Carabobo
Vialsandi ultima detalles de la vía La Colectora-Lomas de La Hacienda
El Instituto Autónomo de Vialidad del municipio San Diego, Vialsandi continúa ejecutando labores de construcción en la vía La Colectora que conectará la localidad de Lomas de la Hacienda con la avenida Don Julio Centeno, proyecto que ha avanzado en varias etapas, ya habiendo concluido los trabajos de asfaltado.
El pasado martes 21 de noviembre dio inicio a la tarea de demarcación longitudinal y transversal de la vía, de 3.5 km de línea continua y 30 metros de línea de frenado.

Vialsandi continúa ejecutando labores de construcción en la vía La Colectora
Adicionalmente instalaron los reflectores viales conocidos como «ojos de gato» a lo largo del trayecto. Ambas labores tienen como fin la división del carril del camino, así como su delimitación.
Los trabajos en la vía de La Colectora continuarán, finalizadas las labores de demarcación, el proyecto prevé, en su siguiente fase realizar la instalación de la cuneta y las obras de drenaje.

ACN/MAS/NDP
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Carabobo
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
La Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios, por instrucciones del alcalde Lorenzo Remedios, con el Decreto número 17, mediante el cual se concede la condonación de las sanciones, multas e intereses moratorios, causados por deudas en materia de impuesto inmobiliario en los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.
Señala además que se aplicarán exclusivamente a los inmuebles de uso comercial, industrias, oficinas, servicios turísticos, galpones y depósitos, con el fin de dinamizar y optimizar los procesos en la Dirección de Catastro.
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
Se establece un plazo de 30 días continuos a partir del 1 de agosto de 2026, hasta el 31 de agosto de 2026, para que los contribuyentes que opten por suscribir el convenio de pago se adhieran al presente Decreto y a la vez facilitar a los comerciantes del municipio Bejuma, actualizar, adecuar y legalizar sus obligaciones ante la administración tributaria municipal.
Quedan excluidos de este beneficio los contribuyentes que ya gocen de convenios anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto.
Por último refiere que se encarga a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Hacienda Municipal la ejecución, fiscalización y divulgación del presente Decreto.
ACN/MAS/NDP
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