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Afirman que docentes que piden condiciones laborales son discriminados

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condiciones laborales docentes
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Maestros de Carabobo declararon persecución y discriminación por parte del patrono a quienes alzan su voz para pedir condiciones laborales.

El vocero de los maestros estadales, Luis Guillermo Padrón, aseguró que a algunos docentes les han prohibido el ingreso a las escuelas.

«Solo por el simple hecho de haber alzado la voz para hacer valer su derecho a la protesta con respecto a las medidas de bioseguridad contra el covid-19″, explicó.

Al tiempo, el maestro también indicó que la discriminación se ha generado cuando los docentes piden condiciones laborales como el pago inadecuados».

Padrón afirmó que «muchos docentes» han fallecido por covid-19 y que algunos directores y supervisores son indolentes ante estos fallecimientos.

Advirtió que las autoridades están ingresando a las escuelas a personas de la comunidad ligadas políticamente con el régimen de Maduro.

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Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios

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Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios - Agencia Carabobeña de Noticias
Foto: Prensa Alcaldía de Bejuma
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La Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios, por instrucciones del alcalde Lorenzo Remedios, con el Decreto número 17, mediante el cual  se concede la condonación de las sanciones, multas e intereses moratorios, causados por deudas en materia de impuesto inmobiliario en los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.

‎Señala además que se aplicarán exclusivamente a los inmuebles de uso comercial, industrias, oficinas, servicios turísticos, galpones y depósitos, con el fin de dinamizar y optimizar los procesos en la Dirección de Catastro.

Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios

‎Se establece un plazo de 30 días continuos a partir del 1 de agosto de 2026, hasta el 31 de agosto de 2026, para que los contribuyentes que opten por suscribir el convenio de pago se adhieran al presente Decreto y a la vez facilitar a los comerciantes del municipio Bejuma, actualizar, adecuar y legalizar sus obligaciones ante la administración tributaria municipal.

Quedan excluidos de este beneficio los contribuyentes que ya gocen de convenios anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto.

‎Por último refiere que se encarga a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Hacienda Municipal la ejecución, fiscalización y divulgación del presente Decreto.

ACN/MAS/NDP

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