Carabobo
Afirman que docentes que piden condiciones laborales son discriminados
Maestros de Carabobo declararon persecución y discriminación por parte del patrono a quienes alzan su voz para pedir condiciones laborales.
El vocero de los maestros estadales, Luis Guillermo Padrón, aseguró que a algunos docentes les han prohibido el ingreso a las escuelas.
«Solo por el simple hecho de haber alzado la voz para hacer valer su derecho a la protesta con respecto a las medidas de bioseguridad contra el covid-19″, explicó.
Al tiempo, el maestro también indicó que la discriminación se ha generado cuando los docentes piden condiciones laborales como el pago inadecuados».
Padrón afirmó que «muchos docentes» han fallecido por covid-19 y que algunos directores y supervisores son indolentes ante estos fallecimientos.
Advirtió que las autoridades están ingresando a las escuelas a personas de la comunidad ligadas políticamente con el régimen de Maduro.
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Carabobo
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
La Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios, por instrucciones del alcalde Lorenzo Remedios, con el Decreto número 17, mediante el cual se concede la condonación de las sanciones, multas e intereses moratorios, causados por deudas en materia de impuesto inmobiliario en los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.
Señala además que se aplicarán exclusivamente a los inmuebles de uso comercial, industrias, oficinas, servicios turísticos, galpones y depósitos, con el fin de dinamizar y optimizar los procesos en la Dirección de Catastro.
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
Se establece un plazo de 30 días continuos a partir del 1 de agosto de 2026, hasta el 31 de agosto de 2026, para que los contribuyentes que opten por suscribir el convenio de pago se adhieran al presente Decreto y a la vez facilitar a los comerciantes del municipio Bejuma, actualizar, adecuar y legalizar sus obligaciones ante la administración tributaria municipal.
Quedan excluidos de este beneficio los contribuyentes que ya gocen de convenios anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto.
Por último refiere que se encarga a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Hacienda Municipal la ejecución, fiscalización y divulgación del presente Decreto.
ACN/MAS/NDP
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