Internacional
Temblor de 5,5 se sintió en varias partes de Colombia

A eso de las 10:22 de la noche de este miércoles 8 de julio, varios usuarios en las redes sociales; reportaron sentir un temblor el cual luego fue confirmado por parte del Servicio Geológico de Colombia de magnitud 5,5 la escala de Richter.
Asimismo, informó que el movimiento telúrico fue en el centro del país y el epícentro se detectó en el municipio de Zapatoca; departamento de Santander, con profundidad de 149 kilómetros.
De hecho, ciudadanos residentes en las ciudades como Bogotá, Bucaramanga, Barrancabermeja, Medellín; y otros municipios del Valle de Aburrá, indicaron haber sentido un fuerte temblor.
Temblor nocturno de 5,5 en Colombia
De igual manera, el temblor de 5,5 con epicentro en Colombia se sintió en la región Caribe; en departamentos como Córdoba, Bolívar y Cesar, así como en la zona fronteriza con Venezuela.
Según los registros del Servicio Geológico, este fue el tercer sismo en menos de 24 horas; el primero se reportó la noche del martes 7 de julio de magnitud 3,1 y el segundo a eso de las 5:15 de la tarde del mismo miércoles, pero de 3,4.
Ante ésta hecho natural, se movilizaron los diferentes organismo de seguridad y rescate; entre ellos los Bomberos de Bogotá, quienes al inspeccionar varias zonas no reportaron novedades.
Aunque el sismo se sintió fuerte en la capital, de acuerdo a algunos usuarios en las redes sociales; no hubo aviso a las autoridades de daños estructurales o de personas heridas ni atrapadas.
#SismosColombiaSGC Evento Sísmico – Boletín Actualizado 1, 2020-07-08, 22:22 hora local. Magnitud 5.5, Profundidad 149 km, Zapatoca – Santander, Colombia #NoticiaEnDesarrollo #Temblor #Sismo ¿Sintió este sismo? repórtelo: https://t.co/b1ORNS27sb pic.twitter.com/RF3DhusQD7
— Servicio Geológico (@sgcol) July 9, 2020
Con información: ACN/El Heraldo/Foto: Referencial
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Internacional
Estados Unidos restringe entrada a venezolanos aún con visas

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció la restricción de entrada a venezolanos a ese país, aún con visa, en una decisión que dio a conocer la Casa Blanca este miércoles 4 de junio.
Basó esta medida en que Venezuela junto a otros seis países, entre los que se encuentran Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán, tienen una «deficiente» verificación de antecedentes penales.
«Muchos de estos países también se han aprovechado de Estados Unidos al explotar nuestro sistema de visas y al no aceptar de regreso a sus nacionales sujetos a deportación», asegura Trump, pese a que en enero pasado su enviado especial Richard Grenell logró un acuerdo con la gestión de Nicolás Maduro para retomar los vuelos de deportación por el que más de 5 mil connacionales han regresado a Venezuela.
¿Cuáles tipos de visas son?
En el caso específico los venezolanos que se verán afectados son aquellos que tienen visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J. La orden ejecutiva de Trump dice que «se suspende la entrada a Estados Unidos de nacionales de Venezuela como inmigrantes y como no inmigrantes con visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J».
Ordena que «los funcionarios consulares reducirán la validez de cualquier otra visa de no inmigrante emitida a nacionales de Venezuela en la medida permitida por la ley».
Qué dice la orden de Trump contra venezolanos
Los nacionales de Venezuela, Cuba, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán que se verán afectados son los siguientes:
Quienes se encuentren fuera de Estados Unidos en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación y:
-No tengan una visa válida en la fecha de entrada en vigor de esta proclamación.
¿Cuáles son las excepciones?
Además contempla las siguientes excepciones; es decir, que no se aplicará a:
-Ningún residente permanente legal de los Estados Unidos;
-Ninguna persona con doble nacionalidad de un país designado en virtud de los artículos 2 y 3 de esta proclamación cuando la persona viaje con un pasaporte emitido por un país no designado como tal;
-Cualquier ciudadano extranjero que viaje con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 u NATO-6;
-Atleta o miembro de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores, personas que desempeñan una función de apoyo necesaria y familiares directos, que viajen para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante según lo determine el Secretario de Estado;
-Para familiares directos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con evidencia clara y convincente de identidad y parentesco (por ejemplo, ADN);
-Adopciones (IR-3, IR-4, IH-3, IH-4);
-Especiales de inmigrante para afganos;
-Visas especiales de inmigrante para empleados del Gobierno de los Estados Unidos
-Inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán.
La orden alcanza a nacionales de otros países como Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. «Estas restricciones distinguen, pero se aplican tanto a la entrada de inmigrantes como a la de no inmigrantes».
Este paquete de medidas adicionales se añaden a la eliminación del parole humanitario que beneficiaba a venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses, así como la del Estatuto de Protección Temporal, las deportaciones que acordó con la gestión de Maduro y el envío de más de 200 connacionales a una cárcel de máxima seguridad en El Salvador.
Con información de: EC
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