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Economía

¿Y cuando salen los billetes de la Reconversion monetaria?

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Reconversión - acn
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Reconversión monetaria que regirá desde el  4 de Junio

Reconversión monetaria, a tan solo días de la entrada en vigencia del nuevo cono monetario, tras el decreto presidencial que decidió el nacimiento del Bolívar Soberano a partir del 4 de junio de 2018, el Banco Central de Venezuela (BCV) publicó el pasado 30 de abril una resolución de las normas que regirán este proceso.

Aquí está todo explicado, pero a tan pocos días de la reconversión, falta saber si los nuevos billetes ya están en los bancos y si los cajeros automáticos ya están adecuados a la nueva circulación monetaria. Son interrogantes de casi toda la gente, preocupada por este signo.

En el documento oficial se explican las reglas del redondeo; la re expresión de los precios de bienes y servicios; así como las normas para la emisión y pago de cheques que deberá regir desde el 4 de junio y cómo hacer con las que ya se encontraban expresas en bolívares fuertes.

El documento especifica cuál será el tratamiento de las acciones que se cotizan en la bolsa de valores; “la preparación y presentación de los estados financieros; y los aspectos comunicacionales que deben tener en cuenta los organismos gubernamentales; así como instituciones financieras de carácter privado para la difusión de la información entre la población”, dice el BCV.

Este proceso tiene las siguientes connotaciones:

Redondeo

Cualquier cantidad que resulte de la reconversión debe llevarse a dos (2) decimales. Toda fracción inferior a cero coma cinco (0,5) céntimos será igual al céntimo inferior; mientras que toda fracción igual o superior a cero coma cinco (0,5) céntimos será igual al céntimo superior. Ejemplo:

  • 105.215,00, reconvertidos (105,215) Redondeo Bs.S. 105,22
  • 105.214,00, reconvertidos (105,214) Redondeo Bs.S. 105,21

Esta norma sin embargo tiene excepciones: Combustible de uso automotor; gas licuado del petróleo (GLP) que se comercializa a granel, servicios de agua, electricidad, gas metano, telefonía e internet; acciones que se coticen en el mercado bursátil y los tipos de cambio.

 

Billetes de dos y cinco bolivares (Bs. S)

Sueldos, salarios, pensiones y jubilaciones

Cuando el tercer número (milésima) sea diferente de cero, se debe aumentar el segundo número (centésima) al céntimo superior:

  • 10.215.551,00 reconvertidos (10.215,551), redondeo Bs.S. 10.215,56

Si no son efectuados a través de medios que permitan el pago exacto; cuando la fracción sea diferente de cero e inferior a cincuenta céntimos, se redondeará a cincuenta céntimos; cuando la fracción sea igual o superior a cincuenta céntimos se incrementará al entero superior, sin decimales:

  • 10.215.251,00 reconvertidos (10.215,251), redondeo Bs.S. 10.215,50
  • 10.215.551,00 reconvertidos (10.215,551), redondeo Bs.S. 10.216,00

     

Billetes de veinte y cincuenta bolivares soberanos (20 y 50 Bs. S)

Pago de precios de bienes y servicios, contemplados en facturas:

Si no son efectuados a través de medios que permitan el pago exacto; se deberán pagar al entero del valor reflejado, si la fracción es inferior a veinticinco céntimos; se redondeará a cincuenta céntimos cualquier fracción igual o superior a veinticinco y menor de setenta y cinco céntimos; y se incrementará al entero superior, cualquier fracción superior a setenta y cinco céntimos:

  • 105.240,00 reconvertidos (105,24), paga según redondeo Bs.S. 105
  • 105.600,00 reconvertidos (105,60), paga según redondeo Bs.S. 105,50
  • 105.750,00 reconvertidos (105,75), paga según redondeo Bs.S. 106

  

Oferta, exhibición o exposición de bienes y servicios:

Desde el  pasado 1º de mayo y hasta que el Banco Central de Venezuela (en adelante el “BCV”) lo indique, se hará en Bolívares (Bs.) y Bolívares Soberanos (Bs.S.). Los bienes que se encuentren a la venta y que tengan marcado el precio exclusivamente en Bolívares (Bs.) en el cuerpo del producto, dicho precio se entenderá re expresado en Bolívares Soberanos (Bs.S.) conforme al decreto de reconversión monetaria.

Instrumentos o negocios jurídicos que generen efectos legales y sean objeto de protocolización o autenticación ante Registros y Notarías:

La obligación de re expresar precios de bienes y servicios tanto en Bolívares (Bs.) como en Bolívares Soberanos (Bs.S.) no es aplicable a estos instrumentos o negocios jurídicos. Sin embargo, los documentos otorgados después del 04 de junio de 2018 que contengan referencias o cifras históricas, podrán ser reflejados en ambas escalas monetarias.

Publicaciones estadísticas, contables o similares:

Después del 4 de junio de 2018 podrán incluir una leyenda o referencia que indique los importes o valores monetarios están expresados en la nueva escala monetaria; permitiéndose, a elección de quien elabore la información y en razón de uniformidad, presentarla en Bolívares (Bs.) o en Bolívares Soberanos (Bs.S.), mediante la correspondiente reconversión.

 

Las monedas de cincuenta centimos y un bolivar soberano y el billete más grande de quinientos bolivares

Cheques y demás títulos de créditos:

Los emitidos hasta el domingo 3 de junio y presentados para su cobro después del lunes 4 de junio de 2018, se entenderán automáticamente re expresado su monto en Bolívares Soberanos (Bs.S.), conforme al Decreto.

Emitidos a partir del 4 de junio de 2018, se entenderán emitidos en Bolívares Soberanos (Bs.S.), por lo que no será necesario que se utilice la expresión Bolívares Soberanos o el símbolo (Bs.S.), pero de utilizarla no será causal de devolución o invalidación de los cheques emitidos.

No se requerirá la sustitución o emisión de nuevas chequeras y títulos de crédito por parte de las instituciones financieras. Esta información deberá ser comunicada por las instituciones bancarias a sus clientes y usuarios, a partir de la entrada en vigencia de la Resolución.

El Sistema de Cámara de Compensación Electrónica, administrado por el BCV, sólo procesará los cheques emitidos antes del 4 de junio de 2018 hasta el 30 de junio de 2018. A partir del 1º de julio dichos cheques podrán cobrarse únicamente en las taquillas bancarias respectivas y serán pagados mediante billetes o monedas de la nueva escala monetaria.

Estados Financieros:

La preparación y presentación de los estados financieros correspondientes a ejercicios concluidos antes del 4 de junio de 2018, cuya aprobación se efectúe con posterioridad a dicha fecha, deberá hacerse en Bolívares (Bs.); los correspondientes a ejercicios concluidos después del 4 de junio de 2018, deberán ser preparados y presentados en Bolívares Soberanos (Bs.S.), al igual que cualquier información comparativa.

Los saldos auxiliares y cuentas de contabilidad correspondientes a ejercicios concluidos antes del 4 de junio de 2018 deberán ser convertidos a Bolívares Soberanos (Bs.S.) con la finalidad de ser utilizados como saldos iniciales para los siguientes períodos.

Para los órganos y entes de la administración pública,  bancos y demás instituciones financieras públicas y privadas:

Deberán divulgar e informar sobre la reconversión monetaria mediante:  folletería y material POP; exhibidores; vínculos en páginas web; banners; afiches, pendones y/o pancartas; generadores de caracteres en la publicidad audiovisual; espacios a manera de cintillo en las pautas publicitarias impresas de la institución de que se trate.

Adecuación tecnológica:

Las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, están obligadas a realizar, antes del 4 de junio de 2018, los ajustes correspondientes en sus sistemas de cómputo (datos, estructura de datos, programas, rutinas, pantallas, reportes de entrada y salida de información, envío y recepción de mensajes, entre otros), a los fines que estos tengan capacidad de procesar la nueva escala monetaria a las operaciones que impliquen referencia a la moneda nacional.

Segunda reconversión monetaria del chavismo

El primero de enero de 2008 en Venezuela, el gobierno de Hugo Chávez puso en vigencia la primera reconversión monetaria de la llamada revolución bolivariana, con la que nació el Bolívar Fuerte y al igual se eliminaron tres ceros a la moneda, con lo que buscaban simplicar transacciones financieras en el sistema público y privado, las mismas razones que las actuales.

Antes de decidir la reconversión, el Gobierno de Nicolás Maduro ordenó en diciembre de 2016 la eliminación del billete de 100 bolívares, lo que desencadenó protestas, saqueos y heridos en 12 estados del país y lo obligó un mes después a prorrogar su vigencia. En esa fecha anunció la ampliación del cono monetario con billetes mayor denominación desde 500 hasta 20 mil bolívares. En noviembre de 2017 introdujo el billete de 100 mil bolívares y en marzo de este año decretó la aparición del Bolívar Soberano.

ACN/ ESCG Abogados, S.C./BCV

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Economía

Venezuela firmó cinco acuerdos de cooperación con Vietnam (+Video)

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Venezuela firmó cinco acuerdos de cooperación con Vietnam-Agencia Carabobeña de Noticias – ACN – Economía
Foto: Cortesía
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Venezuela firmó este jueves cinco acuerdos de cooperación con la República de Vietnam; en áreas estratégicas con para el desarrollo de ambas naciones; según lo indicó el presidente de la República, Nicolás Maduro, en la sede de Petróleo de Venezuela (PDVSA).

El jefe de Estado venezolano dijo que: “Hemos firmado una alianza estratégica para la construcción de una nueva industria del vidrio en Venezuela. Un plan de trabajo integral para que Vietnam nos apoye aún más en la producción agrícola”.

De igual manera explicó: “Hemos ratificado la alianza en petróleo y en gas. Sellado una alianza para el desarrollo de la petroquímica; y en quinto lugar hemos concretado una alianza para el desarrollo de las telecomunicaciones”, expresó

Con respecto a la industria de vidrio, el Mandatario Nacional manifestó que con este acuerdo se contará con una gran inversión para “producir para Venezuela, para América del Sur, el Caribe y el mundo”. Con los acuerdos suscritos en el área agrícola, el Mandatario Nacional recordó que era el sistema y modelo capital; que destruyó la cultura productiva del campo venezolano. “No obstante, se ha ido recuperando gracias al esfuerzo de los productores”.

Venezuela firmó cinco acuerdos de cooperación con Vietnam

Añadió: “Venezuela junto a Vietnam, que ha hecho un milagro agrícola, económica, nos vamos a convertir en una potencia exportadora de alimentos”, afirmó. “Junto a Vietnam produciremos alimentos en tierras venezolanas para Venezuela y el mundo”.

Asimismo, otro de los documentos suscritos con la nación asiática se encuentra la ratificación de las alianzas en materia de gas y petróleo. “Vietnam viene a producir petróleo y gas en Venezuela”, aseveró el presidente Nicolás Maduro.

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Además, se trabajará para fomentar acuerdos en el área turística. “Estos ojos que tienen lo van a ver, vamos a ver, la llegada de miles de turistas vietnamistas. A conocer Venezuela, a disfrutar de turismo sano; y miles de venezolanos disfrutando y aprendiendo, uniendo a los pueblos”, puntualizó.

https://twitter.com/PresidencialVen/status/1781080653322178597

Por su parte, el presidente de PDVSA y ministro para Petróleo, Rafael Tellechea, manifestó el compromiso de la clase trabajadora de la industria petrolera; para alcanzar más acuerdos con Vietnam y así avanzar en el desarrollo de las naciones.

En es mismo orden de ideas expresó que “Vamos a nuestro máximo nivel de cooperación, vamos a nuestro máximo nivel de cooperación en el área petrolera, gasífera, industrial, en el área turismo”, señaló.

Con información de ACN/UN

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